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Recibe y turna Pleno de la LXI Legislatura iniciativa de Ley Ingrid en Puebla Especial

Recibe y turna Pleno de la LXI Legislatura iniciativa de Ley Ingrid en Puebla

También fueron turnadas iniciativas para aumentar sanciones por pederastia, tentativa de feminicidio, establecer movilidad segura, revocación de mandato, crear las figuras de diputadas y diputados migrantes

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El Pleno de la LXI Legislatura del Congreso del Estado recibió y turnó a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia la propuesta para reformar el artículo 422 del Código Penal del Estado, conocida a nivel nacional como Ley Ingrid, para imponer una pena a quien difunda material audiovisual de cadáveres o circunstancias de la muerte, especialmente de víctimas de femicidio. 

La propuesta, fue presentada por la diputada Nora Merino Escamilla, cuya iniciativa señala que se establecerá que se prohíba que alguien fotografíe, videograbe, audiograbe, entregue, audios, videos, documentos o información reservada del lugar o evidencia de personas que hayan sufrido violencia física o sexual, de cadáveres o de circunstancias de la muerte. 

A quien cometa este delito se le impondrá una pena de 4 a 10 años de prisión y una multa de 100 150 Unidades de Medida y Actualización; asimismo, las sanciones previstas en el párrafo anterior se incrementarán hasta en un 50 por ciento cuando se traten de casos de mujeres, niños, niñas o adolescentes.

En otro momento de la sesión la diputada Nancy Jiménez Morales presentó una iniciativa de reforma al Código Penal Sección Segunda Bis denominada “Pederastia” para aplicar de 9 a 18 años de prisión y de 750 a 2250 UMA a quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que tiene sobre un menor de 18 años y lo induzca o convenza a llevar a cabo cualquier acto sexual, con o sin su consentimiento.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.

Mediante un punto diferente en el orden del día la diputada Mónica Rodríguez Della Vecchia propuso adicionar un tercer párrafo al artículo 20 del Código Penal del Estado con la finalidad de señalar que cuando se cometa el delito de feminicidio en grado de tentativa, la punibilidad aplicable será de entre la mitad de la mínima y dos terceras partes de la máxima de las sanciones previstas para dicho delito.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente. 

Por su parte, el diputado Fernando Morales Martínez, propuso reformas a los artículos 6, 8, 11, 18, 25, 120 de la Ley de Transporte del Estado de Puebla y los artículos 261, 263, 267, 278 Quáter, 338, 338 Bis y 551 del Código Penal para establecer una movilidad segura para las mujeres, para brindar protección en los desplazamientos y seguridad vial a las mujeres en el estado.

El dictamen fue turnado a las Comisiones Unidas de Procuración y Administración de Justicia y de Transporte y Movilidad para su estudio y resolución procedente. 

Como parte del orden del día el diputado Iván Herrera Villagómez, en conjunto con las y los diputados Daniela Mier Bañuelos, Carlos Alberto Evangelista Aniceto y Eliana Angélica Cervantes González, propusieron reformas a la Constitución Política en materia de revocación de mandato.

El dictamen fue turnado a la comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedente. 

En otro momento de la Sesión Pública Ordinaria, la diputada Laura Zapata Martínez propuso una iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado de Puebla para crear las figuras de diputado y regidores migrantes.

El dictamen fue turnado a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y resolución procedente. 

Finalmente, la Mesa Directiva del Congreso del Estado dio cuenta de la iniciativa del diputado Eduardo Castillo López, quien propuso reformas a la fracción III del artículo 94 del Código Penal del Estado para aumentar la sanción en el caso de tentativa de feminicidio.

El dictamen fue turnado a la comisión de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y resolución procedente.

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