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Suprimen el delito de ultraje a la autoridad del Código Penal Especial

Suprimen el delito de ultraje a la autoridad del Código Penal

 Asimismo, las y los diputados aprobaron reformas y adiciones a la Ley del Servicio de la Defensoría Pública del Estado

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 La Comisión de Procuración y Administración de Justicia de la LXI Legislatura del Congreso del Estado, que preside el diputado Eduardo Castillo López, aprobó por unanimidad de votos el Dictamen para derogar los artículos 207 y 208 del Código Penal del Estado de Puebla, que tiene como propósito suprimir el delito de ultraje a la autoridad, con la finalidad de evitar que se desestimen los derechos humanos de las personas, en su derecho a la libre manifestación y a la libertad de expresión.

En este sentido, el Dictamen turnado por la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del Estado establece que el delito de ultraje a la autoridad debe ser suprimido porque viola los principios de certeza jurídica, taxatividad, legalidad y seguridad jurídica, al emplearse en ocasiones erróneamente para restringir el ejercicio de la libre manifestación y el derecho a la libertad de expresión de los ciudadanos.

En su intervención, la diputada Isabel Merlo Talavera señaló que con la aprobación del Dictamen, Puebla se pone como ejemplo en el contexto nacional al dar cabal cumplimiento con los principios de legalidad, certeza jurídica, presunción de inocencia, libre desarrollo de la personalidad y libertad de expresión, sin vulnerar los derechos de los servidores públicos, ya que estos se encuentran salvaguardados en los diversos ordenamientos jurídicos del estado.

Por otra parte, las y los diputados integrantes del órgano colegiado aprobaron de manera unánime el Dictamen para reformar y adicionar la Ley del Servicio de la Defensoría Pública del Estado, que tiene como objetivo establecer como obligación de los Defensores Públicos, el solicitar la designación de un intérprete de lengua de señas mexicanas o  la emisión de documentos  en sistema de escritura Braille, cuando la persona que requiera la asistencia jurídica tenga alguna discapacidad que impida la comunicación para el desarrollo eficiente de la misma.

Para tal efecto, la Iniciativa presentada originalmente por la diputada Olga Lucia Romero Garci Crespo tiene como propósito reformar el último párrafo del artículo 6 y las fracciones XII y XIII del artículo 24; y se adiciona la fracción XIV al artículo 24, todos de la Ley del Servicio de la Defensoría Pública del Estado.

Durante el análisis del Dictamen, la diputada Isabel Merlo Talavera externó su apoyo a la Iniciativa, que demuestra la sensibilidad de la LXI legislatura al refrendar el compromiso con los grupos en situación de vulnerabilidad, que se traduce en diversas iniciativas que garantizan una justicia en igualdad de circunstancias para las personas con alguna discapacidad.

El diputado presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, Eduardo Castillo López señaló que con estas dos reformas se da certeza jurídica a la ciudadanía poblana, que deben ser los garantes y quienes deben ser parte de los derechos que las y los diputados están obligados a legislar.

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