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Choferes del transporte público podrán librar la cárcel inmediata en caso de homicidio accidental, dados los beneficios del nuevo sistema penal, pero no así la pena de entre seis y 15 años de prisión que marca el Artículo 86 del Código Penal, en caso de ser sentenciados.
A raíz de la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, este homicidio dejó de considerarse como delito grave, de manera que los más de 20 mil conductores que, se estima, operan unidades de transporte público en el estado de Puebla y que podrían estar involucrados en casos de este tipo, serán tratados igual que un particular.
Cabe mencionar que en el Nuevo Sistema de Justicia Penal la mayoría de los delitos pueden resolverse con métodos alternativos.
Sin embargo, dado que el Código de Defensa Social continúa vigente, la sanción establecida en el Artículo 86 de esta normativa, de seis a 15 años de prisión para conductores de transporte público que cometan homicidio imprudencial, todavía puede aplicarse.