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La Fiscalía General del Estado de Puebla precisa que el amparo otorgado a José María Sosa Álvarez, solo implica que el Juez Penal haga una nueva valoración, no implica su libertad.
El Juez Tercero de Distrito del Centro Auxiliar de la Séptima Región, con sede en Acapulco, Guerrero, concedió un amparo para efectos ante los delitos de homicidio y aborto. Lo anterior significa que la autoridad judicial tendrá que hacer una nueva valoración de las pruebas.
Corresponde al Juez Penal, una vez que cause ejecutoria, realizar una resolución que subsane los puntos que se precisan en el amparo.
Existe un plazo de 10 días para que la Fiscalía General del Estado de Puebla presente el recurso respectivo, en su caso, también ante el Tribunal Colegiado, y si éste confirmara la resolución del Juez de Acapulco, el Juez Penal tendrá que hacer la valoración de los puntos del amparo.
El caso tiene pruebas que sostienen la formal prisión de José María Sosa Álvarez.