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El Congreso del Estado aprobó las modificaciones al Código Civil a fin de que las madres poblanas puedan colocar primero su apellido al registrar a sus hijos, así como tipificar la figura de violencia de género.
Fue el pasado 24 de julio, cuando el gobernador del estado, Antonio Gali Fayad, envió una solicitud de reformas al Código Civil, en donde también se aplicaron cambios a la Ley del Notariado.
En el caso del registro de menores, quedó establecido que de ahora en adelante, el nombre será determinado por quien declare el nacimiento, sin importar la figura paternal que los registre. En caso de que el padre y la madre no se pongan de acuerdo, los apellidos quedarán definido por orden alfabético.
"Artículo 64. El nombre propio será puesto libremente por quien declare el nacimiento de una persona, y los apellidos, serán el del padre y el de la madre, en el orden que de común acuerdo determinen, o en su caso, sólo los de aquél o los de ésta, sean tales apellidos simples o compuestos. En caso de no existir acuerdo entre los padres, el orden de los apellidos se determinará por orden alfabético de los mismos”, es el cambio validado por los diputados poblanos", señaló el Congreso.
Violencia de género ahora es delito
Por otro lado, en caso de violencia de género, la iniciativa explica que la víctima tendrá derecho a ser reparada por el daño, siempre y cuando, se comprueben los elementos suficientes de que fue así.
Asimismo, si la falta se cometió en un medio de comunicación, el sujeto obligado tendrá la responsabilidad de dirigir una disculpa pública hacia la afectada.
"Artículo 1996 QUATER. En caso de que el hecho ilícito que generó el daño fuese la violencia por razón de género, el Juez ordenará, a petición de la persona afectada y a costa del condenado, se publique la sentencia que imponga la reparación”.
También hay cambios en la Ley del Notariado
De igual manera, los legisladores aprobaron cambios en la Ley del Notariado, en la que se expresa que la Secretaria General de Gobierno (SGG) nombrará interventores en las notarías cuando sus titulares sean investigados por irregularidades en sus funciones.
Asimismo, menciona que el mediador designado tendrá la oportunidad de gestionar la administración de la notaría y tendrá derecho a cobrar el sueldo del notario mientras es investigado.
"El interventor deberá ser un abogado o licenciado en derecho con patente de aspirante al Ejercicio del Notariado, expedida y registrada en términos de esta Ley, el cual percibirá del Notario intervenido la remuneración que establezca el arancel previsto por esta Ley”.