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Reformas al “Home Office”; patrón deberá pagar luz e internet

Se deberán respetar los datos personales, el derecho a la desconexión y el derecho a la intimidad de los trabajadores que se desempeñen bajo está modalidad.
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Con 426 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Federal del Trabajo para avalar y regularizar en México el teletrabajo, también conocido como home office.

El dictamen aprobado por los diputados, que ya fue remitido al Senado, establece que se considerará como teletrabajo a las labores que se realicen en un sitio distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo, además de que se utilicen las nuevas tecnologías de información y la comunicación.

Asimismo, se establece que se deberán respetar los derechos laborales de los trabajadores que se desempeñen bajo esta modalidad, como tener acceso a la seguridad social, así como el derecho a la desconexión: es decir, que no sean requeridos por sus empleadores fuera de las horas de trabajo.

Además, los legisladores aprobaron que los empleadores deberán asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de la electricidad.

De igual manera, los patrones deberán respetar los datos personales y el derecho a la intimidad de los empleados.

Los trabajadores, por su parte, deberán tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del empleador, como son, por ejemplo, computadoras o celulares.

Asimismo, los trabajadores deberán informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo.
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